Antes de Viajar!
Equipaje de mano
Se considera equipaje de mano a una cartera, bolso o mochila de hasta 5 kg. y no debe obstaculizar los pasillos y/o escaleras. Equipaje superior en medida o peso deberá despacharse en la bodega.
Equipaje de bodega
Se podrá despachar en la bodega el coche 2 valijas por cada boleto. Se le entregará un ticket por cada una con el cual la empresa se responsabiliza de su óptimo traslado. La empresa no asume responsabilidad por el equipaje que no esté etiquetado con los comprobantes propios de la empresa.
En caso de ser equipaje especial, como cañas de pescar, tablas de surf, bicicletas, etc, se transportaran según la disponibilidad de lugar en la bodega.
MENORES
Los menores de hasta 12 años inclusive no podrán viajar solos. Siempre deben ir acompañados por uno de sus padres, por su representante legal o por un tercero autorizado.
Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar solos con autorización de uno de sus padres o de su representante legal. El acompañante, en todos los casos, debe acreditar el vínculo (padre o representante legal) o la autorización al momento de viajar.
Documentación Requerida
- DNI / pasaporte del menor, en original y fotocopia.
- DNI del adulto (padre, madre o representante legal), en original y fotocopia.
- Libreta de Matrimonio con el nacimiento asentado o Partida de Nacimiento o Acta de Nacimiento o Testimonio Judicial de Adopción, en original y fotocopia.
- El vínculo podrá ser acreditado mediante DNI del menor si este contiene el nombre de sus representantes legales.
- Si vas a autorizar a una persona para que acompañe al menor, su DNI. Al momento de viajar, va a tener que presentar su DNI y la autorización.
Si vas a autorizar a un tercero, podes hacerlo en forma presencial en la boletería de la empresa de micros:
- Completando el formulario de autorización de la CNRT.
- Acercate a la boletería con la documentación que acredita tu vínculo como padre, madre o representante legal y la documentación del tercero que autorizás.
- También podés autorizarlo previamente a través de escribano, juez competente, autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas.
- Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales.